martes, 3 de abril de 2012

COMUNICADO SOBRE VACACIONES

Estimados compañeros:

Por las reiteradas consultas con respecto a las vacaciones debo recordarles y reiterarles en general nuestros beneficios o reglas generales de nuestro periodo de descanso.

1.- Las vacaciones son el periodo de descanso que se nos otorga después de cumplir un año de trabajo, son siempre de mutuo acuerdo la fecha en la cual se nos dan son días legales que se pagan como efectivamente trabajados.

2.- Todos los beneficios que tenemos se conservan intactos y nada los modifica por el hecho de estar de vacaciones Ej: Bonos de Costo o Venta según corresponda, Bono de Asistencia, días libres, domingos del mes.

3.- Puedes solicitar un préstamo de $40.000 con anterioridad a la empresa el cual se te descontara por planilla de $10.000 sin intereses.

Este préstamo se debe solicitar por escrito. Además puedes pedir el 50% de tu sueldo.

4.- Los días legales son 15 días hábiles + 4 inhábiles , pero no obstante las personas que tengan más de cinco años en la empresa tendrán sus veintiún días de descanso 15 días hábiles + 6 inhábiles.

Espero les sirva esta información... cualquier anomalía comuníquela a la brevedad para hacer el reclamo correspondiente.

Espero y les deseo unas muy tranquilas y felices vacaciones a descansar que nos las merecemos.

Saluda atte. a Uds.

Soledad Galaz Romero

Observación:

Hola Sole, como estás, recibí tu correo, me parece muy bien, pero faltaron los feriados legales progresivos, que tiene cada trabajador después de cumplir 13 años de corrido sin importar que sea en distintas empresas. Después de los 13 años tiene un día y después de cada tres años va adquiriendo un nuevo día.

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